Artículo 1 — Artículo 1
Declárase vigente a partir del 27 de noviembre de 1980 en el derecho interno la Enmienda 14 a las Normas y Métodos Recomendados Internacionales - Anexo 6 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional - Parte I - Transporte Aéreo Comercial Internacional. (*)