Decreto49-1982·1982

Aprobación de normas que posibiliten la fusión de empresas industriales

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de febrero de 1982

Fecha de publicación

4 de marzo de 1982

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

La fusión de dos o más empresas industriales en una única empresa industrial, en cuanto ello signifique un efectivo incremento de la eficiencia, las habilitará a solicitar los beneficios de la ley 14.178, de 28 de marzo de 1974, incluyendo los mismos la exoneración de todo tributo que grave directa o indirectamente los actos de constitución y las transferencias de bienes consecuencia de la fusión.

Artículo 2Artículo 2

La solicitud se tramitará ante el Ministerio de Industria y Energía, en la forma dispuesta por el decreto 703/974, del 5 de diciembre de 1974 y concordantes.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.