Artículo 1 — Artículo 1
Declárase el 18 de febrero como el "Día de la Mujer de las Américas" en nuestro país.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
21 de febrero de 1983
Fecha de publicación
9 de marzo de 1983
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase el 18 de febrero como el "Día de la Mujer de las Américas" en nuestro país.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.