Artículo 1 — Artículo 1
Declárase vigente a partir del 26 de noviembre de 1981, la Enmienda 22 a las Normas y Métodos Recomendados Internacionales - Servicios de Información Aeronáutica - Anexo 15 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. (*)
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
29 de setiembre de 1981
Fecha de publicación
15 de octubre de 1981
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase vigente a partir del 26 de noviembre de 1981, la Enmienda 22 a las Normas y Métodos Recomendados Internacionales - Servicios de Información Aeronáutica - Anexo 15 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese y vuelva al Comando General de la Fuerza Aérea para su conocimiento y para que disponga las comunicaciones del caso