Artículo 1 — Artículo 1
La solicitud de révalida de títulos o diplomas expedidos por la Universidad de la República, Universidad del Trabajo, Instituto de Adiestramiento Aeronáutico y otros centros docentes nacionales o extranjeros, para el ingreso al Escalafón Aerotécnico (A.T.) de la Fuerza Aérea o el reconocimiento de determinados niveles de pericia, deberá ser presentada en la Escuela Técnica de Aeronáutica acompañada de información debidamente certificada, que especifique: a) Programas de los respectivos cursos aprobados. b) Prácticas realizadas. c) Carga horaria. d) Calificaciones obtenidas. e) Aprobación del 2do. año del Primer Ciclo de enseñanza media (Educación Básica Superior o Universidad del Trabajo)