Decreto493-1968·1968

Dirección General de Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales. Inmuebles rurales

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13 de agosto de 1968

Fecha de publicación

19 de agosto de 1968

Texto

Dispónese la suspensión del cobro de multas en que hubieren incurrido los poseedores de inmuebles rurales obligados a efectuar declaración jurada en la Dirección General de Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales.