Decreto494-1975·1975

Determinación que el régimen de exportación y artículos asimilados será aplicable por medio del servcio de encomiendas postales de la Dirección Nacional de Correos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18 de junio de 1975

Fecha de publicación

1 de julio de 1975

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

El régimen de muestras de exportación y artículos asimilados, instituido por el decreto 757/968 del 18 de diciembre de 1968, será también aplicable a la exportación de esos objetos por medio del Servicio de encomiendas postales prestado por la Administración de Correos.

Artículo 2Artículo 2

La Dirección Nacional de Correos y la Dirección Nacional de Aduanas, establecerán mediante resolución conjunta, las modalidades operativas de verificación y despacho a que deberán ser sometidas las muestras y artículos asimilados para ser exportados como encomienda postal.

Artículo 3Artículo 3

La Dirección Nacional de Correos fijará la fecha en que comenzará a prestar el servicio con el alcance establecido en el presente decreto.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.