Decreto494-1980·1980

Fijación y regulacion de viáticos a percibir por los funcionarios de la Administración Central

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17 de setiembre de 1980

Fecha de publicación

29 de setiembre de 1980

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase la escala de viáticos a percibir, de acuerdo a la reglamentación establecida en el decreto 819/975, de 28 de octubre de 1975 en: Categoría A: N$ 525,00; Categoría B: N$ 315,00; Categoría C: N$ 210,00.

Artículo 2Artículo 2

El presente decreto comenzará a regir a partir del 1º de octubre de 1980.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc. -