Decreto495-1978·1978

Declaración como exportación no tradicional el producto "rivian" elaborado por la firma fanacos sociedad anonima

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23 de agosto de 1978

Fecha de publicación

31 de agosto de 1978

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase comprendida en la definición del articulo 2º del decreto 756/968, de 18 de diciembre de 1968, la exportación de "Rivian".

Artículo 2Artículo 2

Defínese como "Rivian" al preparado a base de carne vacuna, sin hueso, sin nervios, sin grasa, molida y amasada, embutida mediante máquina al vacío, con el agregado de sal, pimienta y especies.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.