Decreto497-1978·1978

Fijación del cómputo del día sábado en la licencia de la actividad privada

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23 de agosto de 1978

Fecha de publicación

31 de agosto de 1978

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase a los efectos del período de licencia en la actividad privada, que los días sábados deben computarse por no ser feriados.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

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