Decreto497-1983·1983

Fijación de reintegros para buques pesqueros de bandera nacional. Diciembre 1983. Mayo 1984

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de diciembre de 1983

Fecha de publicación

12 de enero de 1984

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase desde el 1º de diciembre de 1983 y hasta el 31 de mayo de 1984, la vigencia del régimen establecido por el decreto 88/981, de 25 de febrero de 1981.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.