DecretoNº 498-1972·1972
Hora legal. Se atrasa
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
13 de julio de 1972
Fecha de publicación
20 de julio de 1972
Texto
Déjase sin efecto desde el día que se determina los artículos 13 y 14 del Decreto Nº 296/972 de 20 de abril de 1972, disponiéndose que se modifique el régimen horario atrasando la hora legal en 60 minutos. La Administración General de las Usinas Eléctricas y los Teléfonos del Estado había solicitado medidas dada la grave situación energética que atravesaba el país y habiéndose normalizado la misma se determinó establecer el régimen de horario anterior.