Decreto506-1984·1984

Actualización del monto de las multas por infracciones a la comercialización de alcoholes percibidas por ANCAP. Noviembre 1984

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14 de noviembre de 1984

Fecha de publicación

25 de enero de 1985

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjanse en N$ 135,62 (nuevos pesos ciento treinta y cinco con 62/100) y N$ 13.562,25 (nuevos pesos trece mil quinientos sesenta y dos con 25/100), los montos mínimos y máximos de las multas establecidas en los artículos 38 y 43 del decreto-ley 10.316 de 19 de enero de 1943, sustituidos en su redacción por los artículos 2 y 3, respectivamente, de la ley 14.722, de 28 de octubre de 1977.

Artículo 2Artículo 2

Dese cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.