Decreto509-1965·1965

Diario Oficial. Proventos. Compensaciones

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de noviembre de 1965

Fecha de publicación

30 de noviembre de 1965

Texto

Autorízase a la Dirección del Diario Oficial a liquidar con cargo a proventos del organismo la compensación establecida al personal contratado en el artículo 45 de la Ley Nº 12.803 y art. 16 de la Ley Nº 13.319.