DecretoNº 509-1965·1965
Diario Oficial. Proventos. Compensaciones
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
11 de noviembre de 1965
Fecha de publicación
30 de noviembre de 1965
Texto
Autorízase a la Dirección del Diario Oficial a liquidar con cargo a proventos del organismo la compensación establecida al personal contratado en el artículo 45 de la Ley Nº 12.803 y art. 16 de la Ley Nº 13.319.