Decreto515-1979·1979

Modificación de integración de la Comisión Nacional de Informatica

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14 de setiembre de 1979

Fecha de publicación

1 de octubre de 1979

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Sustitúyase el artículo 1º del decreto 310/979 del 31 de mayo de 1979 por el siguiente: "ARTICULO 1.- Modifícase la integración de la Comisión Nacional de Informática (CONADI), la que estará compuesta por: un delegado del Ministerio de Defensa Nacional quien actuará como Presidente; el Prosecretario de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión; el Tesorero General de la Nación en representación del Ministerio de Economía y Finanzas; y el Contador General de la Nación".

Artículo 2Artículo 2

La Comisión Nacional de Informática (CONADI) dependerá del Consejo de Seguridad Nacional.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese