Decreto516-1979·1979

Modificación de decretos que aprobaron reestructuras presupuestales a fin de subsanar errores comprobados en las mismas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14 de setiembre de 1979

Fecha de publicación

1 de octubre de 1979

Artículos (10)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el decreto 242/979 de fecha 2 de mayo de 1979 por el que se aprobó la Reestructura Presupuestal del Inciso 4 "Ministerio del Interior", de la manera siguiente: (*)

Artículo 2Artículo 2

Modifícase el decreto 231/979, de 25 de abril de 1979, por el que se aprobó la Reestructura Presupuestal del Inciso 5 "Ministerio de Economía y Finanzas" en lo relacionado con el artículo 3º de la manera siguiente: (*)

Artículo 3Artículo 3

Modifícase el decreto 275/979, de fecha 17 de mayo de 1979, por el que se aprobó la Reestructura Presupuestal del Inciso 8 "Ministerio de Industria y Energía", en la parte relacionada con su articulo 3º de la manera siguiente: (*)

Artículo 4Artículo 4

Modifícase el decreto 246/979, de fecha 7 de mayo de 1979, por el que se aprobó la Reestructura Presupuestal del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura" en lo relacionado con su artículo 2º, de la manera siguiente: (*)

Artículo 5Artículo 5

Modifícase el decreto 240/979, de fecha 30 de abril de 1979, por el que se aprobó la Reestructura Presupuestal del Inciso 15 "Ministerio de Justicia" en lo relacionado con su artículo 2º de la manera siguiente: (*)

Artículo 6Artículo 6

Modifícase el decreto 234/979, de fecha 25 de abril de 1979, por el que se aprobó la Reestructura Presupuestal del Inciso 18 "Corte Electoral", de la manera siguiente: (*)

Artículo 7Artículo 7

Modifícase el decreto 249/979, de 9 de mayo de 1979, por el que se aprobó la Reestructura Presupuestal del Inciso 25 "Consejo Nacional de Educación", en lo relacionado con su artículo 2º de la manera siguiente: (*)

Artículo 8Artículo 8

Modifícase el decreto 280/979, de fecha 16 de mayo de 1979, por el que se aprobó la Reestructura Presupuestal del Inciso 26 "Universidad de la República" en lo relacionado con su artículo 2º de la manera siguiente: (*)

Artículo 9Artículo 9

Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 10Artículo 10

Comuníquese, publíquese, etc.