DecretoNº 517-1973·1973
Fijación de precios. Carne y menudencias
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
4 de julio de 1973
Fecha de publicación
13 de julio de 1973
Texto
Sustitúyese el artículo 2 del Decreto de 29 de junio de 1973, estableciéndose que la vigencia entrará una vez que se reinicie la compra de ganado con destino a faena para abasto de los departamentos de Montevideo y Canelones por el Frigorífico Nacional o quien lo sustituya.