Decreto518-1975·1975

Comercialización de tunidos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de junio de 1975

Fecha de publicación

7 de julio de 1975

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase por 180 días el régimen establecido por el decreto 428/974 de 30 de mayo de 1974.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.