Decreto519-1980·1980

Se deroga disposición que faculta el descuento a funcionarios de la Dirección Nacional de Correos por Falta injustificada

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de octubre de 1980

Fecha de publicación

28 de noviembre de 1980

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Derógase el decreto de fecha 21 de febrero de 1956 por el cual se descuenta a los funcionarios dependientes de la Dirección Nacional de Correos por vía de sanción disciplinaria al día de la falta injustificada, la pérdida de los medios sueldos correspondientes a cuatro días (tres jornales o tres días de sueldo, en total).

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.-