Decreto52-1964·1964

Ejercicio de la profesión de técnico ortopedico. Aparatos ortopedicos y protesicos. Reglamentación

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18 de febrero de 1964

Fecha de publicación

3 de abril de 1964

Texto

Reglaméntase el ejercicio de la actividad mecánica ortopédica y la fabricación y comercialización de aparatos ortopédicos y protésicos. Establécense sus cometidos, como así también las infracciones a lo dispuesto en la presente Reglamentación.