DecretoNº 52-1964·1964
Ejercicio de la profesión de técnico ortopedico. Aparatos ortopedicos y protesicos. Reglamentación
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
18 de febrero de 1964
Fecha de publicación
3 de abril de 1964
Texto
Reglaméntase el ejercicio de la actividad mecánica ortopédica y la fabricación y comercialización de aparatos ortopédicos y protésicos. Establécense sus cometidos, como así también las infracciones a lo dispuesto en la presente Reglamentación.