Decreto52-1967·1967

Financiacion de publicaciones en el diario Oficial

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de enero de 1967

Fecha de publicación

8 de febrero de 1967

Texto

Dispónese que la erogación resultante de la impresión del Diario Oficial en su parte de publicaciones de documentos deberá atenderse por partes iguales con cargo al rubro "Gastos Generales de Oficina" de cada uno de los Ministerios.