DecretoNº 52-1967·1967
Financiacion de publicaciones en el diario Oficial
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
26 de enero de 1967
Fecha de publicación
8 de febrero de 1967
Texto
Dispónese que la erogación resultante de la impresión del Diario Oficial en su parte de publicaciones de documentos deberá atenderse por partes iguales con cargo al rubro "Gastos Generales de Oficina" de cada uno de los Ministerios.