Artículo 1 — Artículo 1
La "Comisión Permanente de Planificación y Asesoramiento para el Desarrollo y Fomento del Turismo de Salto Grande", se comunicará con el Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Industria y Energía, y se integrará de la siguiente forma: a) Con el titular de la Intendencia del departamento de Salto que la presidirá; b) Un delegado designado por el Ministerio de Industria y Energía; c) Un delegado designado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión.