Decreto52-1984·1984

Prórroga de vigencia del cuerpo normativo tarifario de la ANP

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de enero de 1984

Fecha de publicación

9 de febrero de 1984

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1984 la vigencia del Cuerpo Normativo Tarifario de la Administración Nacional de Puertos aprobado por decreto 67/983, de 3 de marzo de 1983.

Artículo 2Artículo 2

Antes del 30 de setiembre de 1984 el Organismo deberá elevar a consideración de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión un proyecto tarifario que responda a los costos de prestación de sus servicios.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.