Artículo 1 — Artículo 1
Reinstitúyese la Comisión del Papel, suprimida por el artículo 16 del decreto 750/974 de 24 de setiembre de 1974. Ella tendrá los cometidos que fueran asignados por los artículos 45 de la ley 13.319 de 28 de diciembre de 1974, 79 de la ley 13.349 de 29 de julio de 1965 y disposiciones legales y reglamentarias concordantes y complementarias.