Decreto53-1971·1971

Comercio exterior. Exportaciones. Control de calidad de productos industrializados

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28 de enero de 1971

Fecha de publicación

3 de febrero de 1971

Texto

Modifícase el artículo 1 del Decreto N° 704/968 especificándose la tasa que deberán abonar los exportadores de productos que se tipifiquen para atender los gastos que debe realizar el Laboratorio de Análisis y Ensayos.