DecretoNº 53-1971·1971
Comercio exterior. Exportaciones. Control de calidad de productos industrializados
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
28 de enero de 1971
Fecha de publicación
3 de febrero de 1971
Texto
Modifícase el artículo 1 del Decreto N° 704/968 especificándose la tasa que deberán abonar los exportadores de productos que se tipifiquen para atender los gastos que debe realizar el Laboratorio de Análisis y Ensayos.