Todas las Unidades Ejecutoras implantarán el Sistema de Información y
Orientación al Público, dentro de un plazo máximo de cuatro meses a partir
de la aprobación del presente decreto, procediendo a señalizar sus
oficinas y a crear una Unidad de Información y Orientación conforme a los
criterios técnicos uniformes contenidos en la Guía que obra anexa. (*)
Cuando en un edificio funcionare una sola Unidad Ejecutora, el jerarca de
la misma creará un Grupo de Trabajo integrado por dos funcionarios. Cuando
en dicho Organismo exista una Unidad de Relaciones Públicas, o similar su
encargado formará parte del Grupo de Trabajo y será el responsable de la
implantación del Sistema. De no existir la referida Unidad, la
responsabilidad recaerá en el encargado de la Unidad de Servicios
Administrativos o similar.
Si en un edificio funcionaren dos o más Unidades Ejecutoras, se creará un
solo Grupo de Trabajo integrado por un representante de cada una de ellas.
Esta designación deberá recaer en un funcionario que cumpla funciones en
el área de Relaciones Públicas o, en su defecto, en el de Servicios
Administrativos. El Director General del Ministerio asignará a uno de los
integrantes del Grupo la responsabilidad de la coordinación del mismo.
Las Oficinas Sectoriales del Servicio Civil asesorarán a los Grupos de
Trabajo en la implantación del sistema, asegurando la aplicación de
criterios comunes.
Los jerarcas de las Unidades Ejecutoras facilitarán los recursos humanos y
materiales necesarios para la eficaz puesta en práctica del Sistema.
La Unidad de Información y Orientación dependerá jerárquicamente de la
máxima autoridad con competencia en relaciones públicas o, en su defecto,
en Servicios Administrativos. En el caso que varias Unidades Ejecutoras
funcionaren en un mismo edificio, podrá existir una o varias Unidades de
Información y Orientación si los jerarcas respectivos, por razones de
mejor servicio, así lo estiman conveniente. Si se creare una sola Unidad
para todo el edificio, el Director General del Ministerio la adscribirá a
una de las referidas Unidades Ejecutoras.
Las Unidades de Información y Orientación serán responsables de la
actualización permanente del Sistema. A tales efectos las Oficinas
Sectoriales del Servicio Civil remitirán periódicamente toda la
información referente a las modificaciones o cambios que se operen en la
organización y en el funcionamiento de los respectivos organismos y que
afecten el Sistema.
Se exhorta a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados a adoptar
por decisiones internas, las normas y criterios generales establecidos en
la Guía anexa, a los efectos de implantar el Sistema en toda la
Administración Pública.
Comuníquese, etc.