Decreto533-1978·1978

Fijación de normas relativas a importaciones de lanas o sus derivados en admisión temporaria, con operación cambiaria

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13 de setiembre de 1978

Fecha de publicación

27 de setiembre de 1978

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Cuando se importen lanas en cualquier estado, o sus derivados, en admisión temporaria, con operación cambiaria, el Ministerio de Industria y Energía podrá disponer la exoneración de las garantías previstas en los artículos 15 y 16 del decreto de 25 de mayo de 1961, por causa fundada.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.