Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el precio de venta de la semilla de soja, propiedad del Ministerio de Agricultura y Pesca, en N$ 145.00 (son nuevos pesos ciento cuarenta y cinco) los cien kilogramos al contado y a retirar de los depósitos habilitados por dicho Ministerio. (*)