Decreto535-1975·1975

Fijación de UR, Cra. Junio 1975. Julio 1975

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de julio de 1975

Fecha de publicación

11 de julio de 1975

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable correspondiente al més de junio de 1975, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley 14.219 de 4 de julio de 1974 y modificativas, en N$ 12,15 (doce nuevos pesos con quince centésimos).

Artículo 2Artículo 2

De acuerdo al valor precedentemente establecido y fijado por el artículo 15 de la ley 14.219 para el mes de junio de 1974, la determinación de los alquileres que se actualizan en el mes de julio de 1975 se efectuará multiplicando el último alquiler por el índice 1,9440.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.