Decreto535-1976·1976

Atribución de potestades a oficinas consulares relativas a despacho de buques y mercaderías

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17 de agosto de 1976

Fecha de publicación

24 de agosto de 1976

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase al Ministerio de Relaciones Exteriores a autorizar, en los casos que considere necesario, la visación de documentos relacionados con el despacho de buques y mercaderías destinados a la República, por oficinas consulares no comprendidas en lo dispuesto por el decreto 544/967 del 26 de setiembre de 1967, siempre que dichas oficinas tuvieren jurisdicción sobre los respectivos puertos de salida o de escala.

Artículo 2Artículo 2

A los efectos de la aplicación de los artículos 29 y 30 de la ley 11.924 del 27 de marzo 1953 la intervención consular citada en el artículo anterior permanecerá sujeta a lo dispuesto en el decreto 644/967, del 26 de setiembre de 1967.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.