Decreto537-1977·1977

Fijación de recargo a la importación de yerba mate elaborada

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21 de setiembre de 1977

Fecha de publicación

3 de octubre de 1977

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase un recargo del 20% a la introducción al país de Yerba Mate Elaborada (Rubro N.A.D.I. 09.03.02.00) estando incluido en el mencionado porcentaje el recargo del 10%.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.