Decreto538-1977·1977

Exigencia de declaración jurada para determinadas solicitudes de importación de cueros bovinos en admisión temporaria

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21 de setiembre de 1977

Fecha de publicación

3 de octubre de 1977

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Las empresas que, al 10 de agosto de 1977, tuvieran en trámite administrativo solicitudes de admisión temporaria de cueros bovinos, presentarán declaración jurada ante el Ministerio de Industria y Energía, denunciando las compras de dichas materias primas que hubieran concertado antes de la expresada fecha, destinadas a las referidas importaciones.

Artículo 2Artículo 2

La declaración se presentará dentro de los diez primeros días hábiles siguientes a la publicación de este decreto, acompañando elementos probatorios de la concertación de las compras. Los declarantes deberán especificar: - Respecto de los cueros ingresados al país antes del 3 de agosto de 1977: 1) Tipo de cueros importados; 2) Cantidad; 3) Grado de elaboración con que se importaron. - Respecto de cueros a importarse o importados entre el 3 de agosto de 1977 y la fecha de la declaración: 1) Firma vendedora; 2) País de origen; 3) Fecha y forma de concertación de la compra; 4) Tipo, cantidad y grado de elaboración de los cueros importados o a importarse; 5) Fecha prevista de embarque y, en su caso, de importación.

Artículo 3Artículo 3

El Ministerio de Industria y Energía podrá solicitar complementos de prueba, cuando fuere necesario para comprobar la veracidad de la declaración.

Artículo 4Artículo 4

Las exportaciones de cueros y descarnes terminados elaborados con los cueros declarados, adquiridos antes del 10 de agosto de 1977, percibirán los reintegros establecidos por el decreto 134/977 de 9 de marzo de 1977, cuando fueren más favorables que los resultados del decreto 446/977 de 3 de agosto de 1977.

Artículo 5Artículo 5

El Ministerio de Industria y Energía certificará que dichas exportaciones se encuentren amparadas por este decreto.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, publíquese, etc.