Decreto542-1974·1974

Determinación del alcance del plazo para el pago de tributos a sidras, etc.

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de julio de 1974

Fecha de publicación

12 de julio de 1974

Texto

Declárase que la derogación establecida por el decreto 130/968, dispuesta por el 52 del decreto 39/973, se refiere a los tributos a las sidras, a los vinos finos, artículos de perfumería y tocador y a las cámaras y cubiertas para vehículos automotores. Declárase el alcance del plazo para el pago de impuestos fijados por el decreto 50/973 artículo 4.