Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Primer Protocolo Adicional al Acuerdo Regional de Apertura de Mercados en favor de la República de Bolivia celebrado el 14 de setiembre de 1984, cuyo texto como anexo forma parte del presente decreto. (*)
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
5 de diciembre de 1984
Fecha de publicación
24 de enero de 1985
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Primer Protocolo Adicional al Acuerdo Regional de Apertura de Mercados en favor de la República de Bolivia celebrado el 14 de setiembre de 1984, cuyo texto como anexo forma parte del presente decreto. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
A partir del 14 de setiembre de 1984 las mercaderías que se indican a continuación, incorporadas en el Anexo al Protocolo a que hace referencia el artículo anterior, como productos otorgados por el gobierno de la República en favor de la República de Bolivia, cuando sean originarios del referido país, estarán exoneradas a su importación del Impuesto Aduanero Unico a la Importación y de Recargos Cambiarios, incluso el mínimo: NABALALC Producto Condiciones Especiales 22.08.0.01 Alcohol etílico sin Cupo anual: U$S 150.000 desnaturalizar, de Importaciones a efectuarse por la graduación igual o Administración Nacional de superior a 80º. Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP) Ley 8.764. 78.02.1.01 Barras de plomo Cupo anual: U$S 100.000.00 aleado, exclusivamente grado soldadura. 80.02.3.01 Alambres de aleaciones Cupo anual U$S 75.000.000 de estaño, sin revestimiento, para soldar. (*)
Artículo 3 — Artículo 3
Para beneficiarse de las exoneraciones indicadas en el artículo anterior se deberá dar cumplimiento a las condiciones de origen establecidas en el Capítulo III del Acuerdo Regional de Apertura de Mercados y a las normas contenidas en el Anexo II y Apéndice 1, 2, 3 y 4, incorporadas en el decreto 363/983 de 20 de setiembre de 1983, correspondiendo al Banco de la República Oriental del Uruguay y a la Dirección Nacional de Aduanas exigir la declaraciones y certificaciones pertinentes.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, etc