Decreto546-1973·1973

Actividad privada. Régimen de licencias anuales

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de julio de 1973

Fecha de publicación

16 de julio de 1973

Texto

Suspéndese las disposiciones del artículo 1 del Decreto Nº 481/973, para los frigoríficos exportadores ubicados fuera del departamento de Montevideo, en el cual se fijaban fechas para otorgar vacaciones anuales al personal de los establecimientos frigoríficos. Aplícase en caso de huelgas, paros u otra forma de trabajo irregular las disposiciones del Decreto Nº 518/973.

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