Decreto548-1976·1976

Fijación de tolerancia máxima de carga para vehículos que transportan ganado

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19 de agosto de 1976

Fecha de publicación

27 de agosto de 1976

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Establécese, para los vehículos transportadores de ganado, una tolerancia -sobre la carga máxima fijada por el Reglamento Nacional de Tránsito aprobado por decreto 119/964 de 7 de abril de 1964- de hasta un 10% (diez por ciento) por eje, solamente para los ejes múltiples (doble o triple).

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte a sus efectos.