Decreto55-1982·1982

Desecacion de los banados de Rocha y desecacion de la Laguna Merín - pago de contribuciones especiales

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de febrero de 1982

Fecha de publicación

4 de marzo de 1982

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Los titulares de los inmuebles en el área de influencia de las obras de drenaje de la Laguna Negra y de desecación de los bañados de Rocha, realizadas por el Grupo de Trabajo creado por el decreto 508/978, deberán pagar una contribución especial a la Intendencia Municipal de Rocha, que se ha calculado en proporción a las respectivas superficies, para cubrir el costo estricto de dichas obras. (*)

Artículo 2Artículo 2

La Intendencia Municipal de Rocha, previo informe del Grupo de Trabajo creado por decreto 508/978, determinará la superficie de los inmuebles en el área de influencia de las obras antes mencionadas y la suma total que deben pagar los propietarios en razón de lo dispuesto por el artículo anterior.

Artículo 3Artículo 3

La Intendencia Municipal de Rocha establecerá las fechas de vencimiento de las cuotas que cada propietario deberá pagar por intereses y amortizaciones, en función de las obligaciones contraídas para la financiación de las obras mencionadas en el artículo 1º.

Artículo 4Artículo 4

En el ámbito municipal serán aplicables a la contribución especial a que se refiere el presente decreto, las disposiciones pertinentes del Código Tributario, incluido en el capítulo quinto relativo a infracciones y sanciones.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.