Decreto552-1968·1968

Vacuna antiaftosa. Tasa

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de setiembre de 1968

Fecha de publicación

17 de setiembre de 1968

Texto

Establécese que el pago de la tasa que grava cada serie de vacunas antiaftosas destinadas a la venta al público, podrá diferirse de acuerdo al régimen previsto por la Ley Nº 13.637 de 21 de diciembre de 1967, documentándose la obligación respectiva mediante conformes.