Artículo 1 — Artículo 1
Créase el Comité Nacional de Astronomía dependiente del Ministerio de Educación y Cultura.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
16 de julio de 1975
Fecha de publicación
23 de julio de 1975
Artículo 1 — Artículo 1
Créase el Comité Nacional de Astronomía dependiente del Ministerio de Educación y Cultura.
Artículo 2 — Artículo 2
Serán cometidos de dicho Comité: 1) La organización, promoción y coordinación de los trabajos astrónomicos en la República, el asesoramiento en su especialidad a los distintos organismos del Estado, así como la superintendencia de los trabajos que se realicen como contribución al progreso del conocimiento científico en el ámbito de las ciencias astronómicas y disciplinas afines. 2) Asumir en los casos que el Poder Ejecutivo así lo indique, la representación del país ante los distintos organismos internacionales en todo lo relativo a las ciencias astronómicas y disciplinas afines.
Artículo 3 — Artículo 3
El Comité de Astronomía estará integrado por siete miembros designados por el Poder Ejecutivo, a propuesta de los siguientes organismos: Ministerio de Educación y Cultura; Ministerio de Defensa Nacional; Dirección Nacional de Meteorología; Universidad de la República; Planetario Municipal; y Administración Nacional de Educación Pública. Cada organismo deberá proponer un miembro titular y un alterno a excepción de la Universidad de la República que deberá proponer dos de cada uno de ellos. Será presidido por el representante del Ministerio de Educación y Cultura. (*)
Artículo 4 — Artículo 4
Dicho Comité una vez instalado redactará su reglamento de funcionamiento el cual será elevado a la aprobación del Poder Ejecutivo.
Artículo 5 — Artículo 5
El Primer Comité Nacional de Astronomía estará integrado por las siguientes personas: Agrim. Alberto Reyes Thevenet quien lo presidirá, Director del Servicio Geográfico Militar, Cnel. Leonardo Pastorino, Jefe del Servicio de Oceanografía e Hidrografía de la Armada C/F. Adhemar Pigni, Director General de Meteorología del Uruguay Cnel. (PAM) Nilo W. Amestoy, Director del Planetario Municipal Ing. Héctor Fernández Guido, Director del Observatorio Astronómico y titular de la Cátedra de Astronomía de la Facultad de Humanidades y Ciencias Prof. Carlos A. Etchecopar, Director Interino del Instituto de Agrimensura, Agrim. José Luis Niederer. (*)
Artículo 6 — Artículo 6
Comuníquese, publíquese, etc.