Artículo 1 — Artículo 1
Inclúyese en la Sección Materia Primas de la Tarifa de Aduanas, dentro del Grupo "C" del decreto de 21 de julio de 1932 con el derecho de 15% (quince por ciento) más los adicionales correspondientes y de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 95 de la ley 11.924, de 27 de marzo de 1953, las chapas de acero con recubrimiento de cromo y óxido de cromo, destinadas a la fabricación de tapas corona.