Artículo 1 — Artículo 1
Inclúyese, en la Sección Materias Primas de la Tarifa de Aduanas, dentro del Grupo "B" del decreto de 21 de julio de 1932, con el derecho del 15% (quince por ciento) más los adicionales correspondientes y de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 95 de la ley 11.924, de 27 de marzo de 1953, al producto denominado "Orto-xileno", destinado a la fabricación de anhídrido ftálico.