Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Dirección General de Meteorología del Uruguay a efectuar la transformación de 3 (tres) cargos de Soldado de 1.a en 2(dos) cargos de Cabo de 1.a.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
26 de setiembre de 1979
Fecha de publicación
24 de octubre de 1979
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Dirección General de Meteorología del Uruguay a efectuar la transformación de 3 (tres) cargos de Soldado de 1.a en 2(dos) cargos de Cabo de 1.a.
Artículo 2 — Artículo 2
Desde cuenta al Consejo de Estado, acorde a lo establecido en el artículo 112 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional, Dirección General de Meteorología del Uruguay y a la Contaduría General de la Nación.-