Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Comando General del Ejército a efectuar la transformación de 2 (dos) cargos de Soldado de 1.a en 1 (uno) cargo de Sargento.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
26 de setiembre de 1979
Fecha de publicación
24 de octubre de 1979
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Comando General del Ejército a efectuar la transformación de 2 (dos) cargos de Soldado de 1.a en 1 (uno) cargo de Sargento.
Artículo 2 — Artículo 2
Dese cuenta al Consejo de Estado, acorde a lo establecido en el artículo 112 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional, Comando General del Ejército y a la Contaduría General de la Nación.-