Decreto56-1977·1977

Fijación de UR, Cra. Enero 1977. Febrero 1977

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de enero de 1977

Fecha de publicación

2 de febrero de 1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable correspondiente al mes de enero de 1977 a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley 14.219, de 4 de julio de 1974 y modificativas, en N$ 19.44 (nuevos pesos diecinueve con cuarenta y cuatro centésimos).

Artículo 2Artículo 2

De acuerdo al valor precedentemente establecido y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15º de la ley 14.219 citada, la determinación de los alquileres que se actualizan en el mes de febrero de 1977, se efectuará multiplicando el último alquiler con el índice 1.2943.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.