Decreto561-1977·1977

Fijación del precio del trigo. Zafra 1976 - 1977

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de octubre de 1977

Fecha de publicación

20 de octubre de 1977

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Establécese en N$ 57.56 (son nuevos pesos cincuenta y siete con cincuenta y seis centésimos), el precio del trigo que venderá el Ministerio de Agricultura y Pesca, por intermedio del Sector Granos, a la industria molinera. Dicho precio es por cada cien (100) kilogramos a granel, grado 1, peso hectolítrico 78, puesto en los depósitos habilitados donde se encuentre almacenado. (*)

Artículo 2Artículo 2

El precio de venta establecido en el artículo precedente, comenzará a regir a partir de su publicación en dos (2) diarios de la capital.

Artículo 3Artículo 3

Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.