Artículo 1 — Artículo 1
Establécese en N$ 57.56 (son nuevos pesos cincuenta y siete con cincuenta y seis centésimos), el precio del trigo que venderá el Ministerio de Agricultura y Pesca, por intermedio del Sector Granos, a la industria molinera. Dicho precio es por cada cien (100) kilogramos a granel, grado 1, peso hectolítrico 78, puesto en los depósitos habilitados donde se encuentre almacenado. (*)