Decreto561-1981·1981

Transferencia de atribuciones y cometidos de la Oficina Nacional de Acción Comunitaria y regional, a la Dirección Nacional de Promocion Social

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de noviembre de 1981

Fecha de publicación

15 de enero de 1982

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Asígnase a la Dirección Nacional de la Promoción Social, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, todas las atribuciones y cometidos que las distintas normas legales y reglamentarias en vigencia confieren a la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión en relación con la Oficina Nacional de Acción Comunitaria y Regional, sin perjuicio de los cometidos inherentes a dicha Secretaría.

Artículo 2Artículo 2

Transfiérase al inciso 13, Programa 1.05 - "Administración de la Política de Promoción Social" los créditos presupuestales correspondientes a gastos e inversiones afectados al funcionamiento de la Oficina de Acción Comunitaria y Regional en el Programa 1.03 "Asesoramiento, Coordinación y Control de Programación Económico Social y Presupuesto" correspondiente a la Unidad Ejecutora 03 - Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión.

Artículo 3Artículo 3

El personal que presta servicios en la Oficina Nacional de Acción Comunitaria y Regional (ACOR) y sus correspondientes asignaciones presupuestales, serán transferidos al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, conservará los derechos propios de la situación funcional vigente a la fecha y pasará a regirse por todas las disposiciones estatutarias y reglamentarias en vigor en la mencionada Secretaría de Estado. La relación de cargos correspondientes al personal que se transfiere es la siguiente: Denominación Situación Escalafón Grado ------------ --------- --------- ----- 1 Director Contratado AAA 06 1 Coordinador Jefe Contratado Aab 04 1 Encargado Personal Contratado Ab 03 1 Técnico Asistente Contratado Ac 11 1 Técnico Ayudante Contratado Ac 11 2 Promotor Regional Contratado Ac 07 5 Ayud. Técnico Reg. Contratado Ac 05 2 Ayud. Técnico Reg. Contratado Ac 04 1 Instructor Contratado Ac 03 1 Oficial Administr. Presupuestado Ab 05

Artículo 4Artículo 4

Autorízase a la Contaduría General de la Nación a hacer efectivas las transferencias de créditos presupuestales referidas en los artículos anteriores.

Artículo 5Artículo 5

Los bienes afectados al uso de ACOR serán entregados al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social previo inventario.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, publíquese, etc.