Decreto564-1976·1976

Asignación de funcionario al Consejo Nacional de Educación, proveniente del Poder Legislativo

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de agosto de 1976

Fecha de publicación

6 de setiembre de 1976

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Destìnase al siguiente funcionario proveniente del ¨Poder Legislativo¨, a desempeñar las tareas que se detallan en la dependencia estatal que seguidamente se establece: Inciso 22: ¨Consejo Nacional de Educacion¨- Consejo de Educaciòn Primaria:

Artículo 2Artículo 2

Declárase que el funcionario cuyo destino se fija por el artículo anterior, conservará los derechos correspondientes a su situación presupuestaria y se regirá por todas las disposiciones estatutarias y reglamentarias vigentes en la repartición donde ha sido asignado.

Artículo 3Artículo 3

Encomiéndase a la Dirección de los Servicios Administrativos del Palacio Legislativo, la notificación personal del funcionario cuyo destino se dispone por el presente decreto, con la manifestación de que deberá presentarse en la dependencia de destino al día siguiente de efectuada dicha notificación.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

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