DecretoNº 566-1968·1968
Deuda pública. Deuda externa nacional
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
24 de setiembre de 1968
Fecha de publicación
27 de setiembre de 1968
Texto
Dispónese que a partir del 1º de noviembre de 1968, los servicios de intereses de la Deuda Externa Nacional podrán ser pagados en moneda nacional.