Decreto566-1981·1981

Fijación de tarifas de la División de uso y manejo del agua del Ministerio de Agricultura y Pesca. Noviembre 1981

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de noviembre de 1981

Fecha de publicación

25 de noviembre de 1981

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase la siguiente tarifa para el período 15 de setiembre de 1981 al 15 de abril de 1982, del Sistema Experimental de Riego A-1, ubicado en la 2a. Sección Judicial del departamento de Lavalleja, paraje Aguas Blancas, dependiente de la División de Uso y Manejo del Agua del Ministerio de Agricultura y Pesca. Area regable Tarifa por ha./año ______ ________ Hasta 50 Hás. ................................. N$ 370,76 Más de 50 Hás. ................................ N$ 494,35

Artículo 2Artículo 2

La percepción del canon se realizará a través de la Sucursal del Banco de la República Oriental del Uruguay ubicada en Solís de Mataojo.

Artículo 3Artículo 3

Los regantes deberán abonar la tarifa en dos cuotas, cada una del 50 por ciento del total, pagaderas, la primera antes del 15 de diciembre del corriente año y la segunda, antes del 15 de febrero de 1982.

Artículo 4Artículo 4

El incumplimiento de los pagos dentro de los plazos que estipula el artículo anterior, generará los intereses de mora que establece el Código Tributario (ley 14.306, de 29 de setiembre de 1974, artículo 94).

Artículo 5Artículo 5

Derógase el decreto 548/980, de 15 de octubre de 1980.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.-

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