Artículo 1 — Artículo 1
Establécese que en la nómina de cargos que se detallan en el artículo 2º del decreto 356/975, de 29 de abril de 1975, donde dice "6 Abogados AaA 6" debe decir "7 Abogados AaA 6".
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
22 de julio de 1975
Fecha de publicación
1 de agosto de 1975
Artículo 1 — Artículo 1
Establécese que en la nómina de cargos que se detallan en el artículo 2º del decreto 356/975, de 29 de abril de 1975, donde dice "6 Abogados AaA 6" debe decir "7 Abogados AaA 6".
Artículo 2 — Artículo 2
Dése cuenta al Consejo de Estado.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y cumplido, archívese.